Sección anterior, funcionará un Almacén destinado a depositar en él, aquellas sustancias
Artículo 762-D
Codigo Fiscal
(adicionado según artículo 1, ley 33 de 2010) Ámbito objetivo de
aplicación. El ámbito de aplicación de las disposiciones legales contenidas
en este Capítulo alcanza a cualquier operación que un contribuyente realice
con partes relacionadas que sean residentes fiscales de países que hayan
celebrado Tratados o Convenios para Evitar
la Doble Tributación
Internacional con la República de Panamá y que tengan efectos como
ingresos, costos o deducciones en la determinación de la base imponible,
para fines del Impuesto sobre la Renta, del ejercicio en el que se declare o
lleve a cabo la operación.
Lo dispuesto en este artículo solamente tendrá efecto para aquellos
contribuyentes que apliquen alguna de las cláusulas establecidas en los
mencionados tratados o convenios.
Para la interpretación de lo normado en las disposiciones legales
contenidas en este Capítulo, serán aplicables las Guías sobre Precios de
Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones
Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económico en 1995, o aquellas que las sustituyan, en la
medida en que las mismas sean congruentes con las disposiciones de este
Capítulo y de los Tratados o Convenios para Evitar la Doble Tributación
Internacional celebrados por la República de Panamá.
(adicionado según artículo 1,
Análisis de
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