Sección anterior, funcionará un Almacén destinado a depositar en él, aquellas sustancias
Artículo 762-C
Codigo Fiscal
(adicionado según artículo 1, ley 33 de 2010) Definición de partes
relacionadas. A efectos de este Capítulo, dos o más personas se
considerarán partes relacionadas cuando una de ellas participe de manera
directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando
una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la
administración, control o capital de dichas personas.
Asimismo, se consideran partes relacionadas de un establecimiento
permanente, la oficina principal u otros establecimientos permanentes de la
misma, así como las personas señaladas en el párrafo anterior y sus
establecimientos permanentes.
Como establecimiento permanente entiéndase la definición contenida
en el artículo 762-M de este Capítulo, o, según el país que se trate, en el
texto de los Tratados o Convenios para Evitar la Doble Tributación
Internacional celebrados por la República de Panamá.
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