Sección anterior, funcionará un Almacén destinado a depositar en él, aquellas sustancias
Artículo 740
Codigo Fiscal
Para los efectos del artículo anterior, los interesados comprobarán que se hallan a paz y
salvo con el impuesto sobre la renta, mediante certificados que expedir la Administración
General de Rentas Internas por conducto de los funcionarios que se designen al efecto.
PARÁGRAFO. El Certificado de Paz y Salvo sólo se otorgará a las personas naturales o
jurídicas, que hayan cumplido en su totalidad las obligaciones derivadas de las
disposiciones que regulan el Impuesto sobre la Renta.
No se expedirá dicho Certificado cuando el contribuyente se encuentre en mora con el
Tesoro Nacional en el pago de cualquier partida del impuesto.
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