Sección Cuarta
Artículo 1112
Codigo Fiscal
El Presupuesto de Rentas se dividirá en cinco secciones principales, conforme al origen
de los ingresos, así:
1. Bienes Nacionales;
2. Servicios Nacionales;
3. Impuestos;
4. Rentas; y
5. Ingresos Varios.
Cada una de estas secciones principales se subdividirá en la forma que se estime
conveniente y cada una de sus especificaciones formará una partida.
Las partidas se numerarán en orden consecutivo desde la primera hasta la última.
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