CAPÍTULO I
Artículo 837
Codigo de la Familia
El Juez del Tribunal Tutelar de Menores, al integrarse el Tribunal Superior de Menores, con sede en la capital de la República, fungirá en éste como uno de los Magistrados, hasta la terminación de su período, sin perjuicio de que pueda ser reelegido para el cargo, de acuerdo con las reglas generales de designación establecidas.
De las Disposiciones Finales
Artículo citado en: una sentencia
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