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CAPÍTULO II

Artículo 703

Codigo de la Familia

Las instituciones públicas y privadas de carácter educativo contribuirán a la difusión de los programas de prevención, curación y rehabilitación de la salud del menor. Igualmente, se implementarán programas de educación sexual y familiar de carácter obligatorio para las madres y padres adolescentes. SECCIÓN TERCERA De la Atención de la Salud Física y Mental de la Familia Artículos 704 a 710

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