CAPÍTULO II
Artículo 699
Codigo de la Familia
El Estado ofrecerá, en todos los núcleos de población, servicios de asistencias médico-sanitaria gratuitos a la madre gestante durante el embarazo, el parto y el puerperio, si ella no pudiera sufragarlos, y también, subsidio alimentarlo, si estuviese desempleada o desamparada.
Artículo citado en: una disposición normativa
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