Sección derogada por la Ley 285 de 15 de febrero de 2022, publicada en la Gaceta 29477-C de 15 de febrero de 2022.
Artículo 690
Codigo de la Familia
La medida de internamiento en instituciones de custodia, protección integral y educación de menores, de manera general o normal, deberá cesar al cumplir el menor la mayoría de edad. Excepto los casos contemplados en el Artículo 548.
CAPÍTULO II
De los Aspectos de Salud
Artículos 691 a 710
SECCIÓN PRIMERA
De la Salud Integral
Artículos 691 a 697
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