Matlock

CAPÍTULO III

Artículo 254

Codigo de la Familia

El reconocimiento voluntario de la paternidad es el que realiza el propio padre del hijo o hija. Artículo citado en: una sentencia

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.