Sección 1a.
Artículo 525
Codigo Electoral
Los Magistrados del Tribunal Electoral podrán comisionar al Secretario General, al Director de Asesoría
Legal o a un funcionario de dicha Dirección, a los Directores Nacionales, Regionales y a los Registradores Electorales
Distritoriales para la práctica de pruebas, notificaciones, traslados y otras diligencias.
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