Sección 2a.
Artículo 307
Codigo Electoral
A las cuatro de la tarde, el Presidente de la Mesa anunciará, en alta voz que la votación va a concluir; pero
la votación seguirá con las personas que estén dentro del recinto y que se encuentren votando en fila. El Presidente dará
las órdenes conducentes a efecto de impedir que se agreguen personas a la fila después de las cuatro de la tarde.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →