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Sección 2a.

Artículo 307

Codigo Electoral

A las cuatro de la tarde, el Presidente de la Mesa anunciará, en alta voz que la votación va a concluir; pero la votación seguirá con las personas que estén dentro del recinto y que se encuentren votando en fila. El Presidente dará las órdenes conducentes a efecto de impedir que se agreguen personas a la fila después de las cuatro de la tarde.

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