Sección 7a.
Artículo 172
Codigo Electoral
En las actas, además de los resultados totales de los escrutinios, se hará una breve relación de las
incidencias y protestas formuladas por los partidos políticos, por los candidatos o sus representantes, relacionadas con los
escrutinios, las discusiones de la corporación electoral y las opiniones que presenten los miembros que no estén de
acuerdo con aquellas.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →