CAPÍTULO VII
Artículo 472
Codigo de Comercio
El extracto deberá además expresar claramente la naturaleza de la sociedad. Si fuere anónima o en
comandita por acciones, se publicará la lista nominativa debidamente certificada, de los suscriptores de acciones,
conteniendo el nombre y domicilio de éstos y el número de acciones tomadas; el monto del capital social en
numerario u otros objetos y la cantidad destinada al fondo de reserva.
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