CAPÍTULO IV
Artículo 1365
Codigo de Comercio
La póliza del contrato de seguro contendrá, además de las condiciones que libremente consignen los
interesados, los requisitos siguientes:
1. Fecha del contrato, con expresión de la hora en que queda convenido;
2. Nombres, apellidos y domicilios del asegurador y asegurado;
3. Concepto en que contrata el asegurado, expresando si obra por sí o por cuenta de otro.
En este caso el nombre, apellido y domicilio de la persona en cuyo nombre se hace el seguro;
4. Nombre, puerto, pabellón y matrícula del buque asegurado o del que conduzca los efectos asegurados;
5. Nombre, apellido y domicilio del capitán;
6. Puerto o rada en que han sido o deberán ser cargadas las mercaderías aseguradas;
7. Puerto en donde el buque ha partido o debe partir;
8. Puerto o radas en que el buque debe cargar, descargar y hacer escalas por cualquier motivo;
9. Naturaleza y calidad de los objetos asegurados;
10. Número de los fardos o bultos de cualquier clase, y sus marcas si las tuvieren;
11. Época precisa en que deba comenzar y terminar el riesgo;
12. Cantidad asegurada;
13. Precio convenido por el seguro, y lugar, tiempo y forma de su pago;
14. Parte del premio que corresponda al viaje de ida y al de vuelta, si el seguro fuere a viaje redondo;
15. Obligación del asegurador de pagar el daño que sobrevenga a los efectos asegurados;
16. El lugar, plazo y forma en que habrá de realizarse el pago.
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