CAPÍTULO IX
Artículo 693-D
Codigo Civil
Los herederos a quienes acrezca la herencia sucederán en todos los derechos y
obligaciones que tendría el que no quiso o no pudo recibirla.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →CAPÍTULO IX
Codigo Civil
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →