CAPÍTULO III
Artículo 1202
Codigo Civil
En cuanto a la formación del inventario, reglas sobre tasación y venta de bienes de
la sociedad de gananciales y lo demás que no se halle expresamente determinado por el presente
Capítulo se observará lo prescrito en el Capítulo II, Título IV del Libro Tercero.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →