CAPÍTULO VI
Artículo 1161-B
Codigo Civil
Si en los actos unilaterales la prestación llegare a ser excesivamente onerosa
por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, el obligado podrá pedir una reducción de su
prestación o una modificación en los términos que regulan su cumplimiento, suficiente para
reducirla a la equidad.
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