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Sección II

Artículo 493

Codigo Agrario

La Comisión de Reforma Agraria puede dar en concesión las obras de valorización integral por realizarse, a las cooperativas o asociaciones de beneficiarlos de dichas obras y darles las facilidades de crédito necesarias. En estos casos la Comisión de Reforma Agraria fiscalizará todas las operaciones financieras de la cooperativa o asociación que tenga la concesión.

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