Sección II
Artículo 493
Codigo Agrario
La Comisión de Reforma Agraria puede dar en concesión las obras de valorización integral por realizarse, a las cooperativas o asociaciones
de beneficiarlos de dichas obras y darles las facilidades de crédito necesarias. En estos casos la Comisión de Reforma Agraria fiscalizará
todas las operaciones financieras de la cooperativa o asociación que tenga la concesión.
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