Sección II
Artículo 387
Codigo Agrario
Título XII
Comercialización de los Productos
Es función del Estado garantizar la seguridad de los mercados a la producción agrícola y pecuaria para que los productores reciban un precio
justo y remunerador, tomando en consideración los intereses de los consumidores.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →