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CAPÍTULO I.-

Artículo 756

Codigo Administrativo

A los empleados nacionales no se les puede imponer deberes sino por la Leyes, por reglamentos del Poder Ejecutivo y por órdenes de sus respectivos superiores. A los empleados municipales se les puede imponer deberes por la Leyes, acuerdos, reglamentos del Alcalde y órdenes superiores. Artículo citado en: 11 sentencias

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