CAPÍTULO I.-
Artículo 1717
Codigo Administrativo
Toda persona detenida por contravenciones de Policía, tiene derecho a que se le ponga en libertad provisional bajo fianza personal o prendaria, mientras se dicte resolución definitiva, a menos que a juicio del Jefe de Policía, la detención sea necesaria como medida preventiva para evitar la comisión de un delito o falta.
Artículo citado en: 10 sentencias
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →