Matlock

CAPÍTULO I.-

Artículo 1710

Codigo Administrativo

En el caso de que los descargos del acusado hagan patente su inculpabilidad, el Jefe de Policía declarará esta inmediatamente y cesará de hecho el procedimiento dándosele libertad de una vez al acusado. Artículo reformado por la Ley 58 de 10 de abril de 1919, publicada en la Gaceta 3.087. Artículo citado en: 11 sentencias

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.