Matlock

CAPÍTULO II.-

Artículo 1490

Codigo Administrativo

El Médico Oficial determinará también los lugares destinados para lavaderos y para baños públicos, teniendo en cuenta las condiciones que establece el artículo 1485.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.